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Psychologist Papers is a scientific-professional journal, whose purpose is to publish reviews, meta-analyzes, solutions, discoveries, guides, experiences and useful methods to address problems and issues arising in professional practice in any area of the Psychology. It is also provided as a forum for contrasting opinions and encouraging debate on controversial approaches or issues.

PSYCHOLOGIST PAPERS
  • Director: Serafín Lemos Giráldez
  • Dissemination: January 2024
  • Frequency: January - May - September
  • ISSN: 0214 - 7823
  • ISSN Electronic: 1886-1415
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Papeles del Psicólogo, 1990. Vol. (43).




BEGOÑA OLABARRÍA. SECRETARIA GENERAL DEL COP

Colegio Oficial de Psicólogos

Begoña Olabarría, secretaria general de la Junta de Gobierno Estatal del COP, desde la perspectiva globalizadora que ella posee, por haber sido también durante varios años secretaria general de la Asociación Española de Neuropsiquiatría y haberle dedicado un esfuerzo de elaboración de contenidos y coordinación en diversos trabajos relacionados con el asunto, nos acerca certeramente al PIR y sus implicaciones en la formación especializada de los psicólogos, dando una visión integradora, clarificadora e interdisciplinaria.

- ¿Qué es el PIR?

- Al referirnos al PIR, en cuanto a la Psicología Clínica, tenemos que hacer mención a que con el mismo término habitualmente hacemos referencia a tres aspectos distintos.

En primer lugar hacemos referencia a un diseño de formación postgraduado de especialistas en Psicología Clínica que garantiza, o trata de hacerlo, una formación adecuada y suficiente para cubrir las nuevas necesidades asistenciales que en esta materia el contexto (que se está configurando en el Estado español con la organización del Sistema Nacional de Salud y, dentro del mismo, con la reforma de la red asistencial de salud Mental) demanda y que, en todo caso, se encuentra vinculado a las prestaciones en la red pública sanitaria. En segundo lugar, el PIR constituye ya una realidad en distintas comunidades autónomas desde hace algunos años: en Asturias, Andalucía, Navarra y próximamente en Castilla-León, Galicia y Madrid. Se trata de comunidades autónomas en que claramente el desarrollo de los procesos de reforma psiquiátrica y la organización de un nuevo modelo de prestaciones en salud mental ha permitido abordar las nuevas necesidades en materia asistencial desde una óptica distinta.

- ¿Puedes explicar cuál es esta óptica?

- Aquella que considera que no existe un único dispositivo asistencial con capacidad docente en sí mismo o por sí mismo terapéutico y que es preciso conocer las aplicaciones de la Psicología Clínica en los distintos dispositivos de la red de salud mental. Se trata, indudablemente, de un esfuerzo muy importante y loable para las comunidades autónomas que vienen desarrollándola y para las que próximamente comenzarán a hacerlo.

- Hablabas de tres aspectos. ¿El tercero?

- El PIR, por último, constituye también una aspiración porque se trata de conseguir que el futuro Decreto-Ley de Especialidades en Ciencias de la Salud, que se publicará en la presente legislatura, debería dejar regulado lo que ya es perceptible como una clara necesidad entre los profesionales de la Psicología Clínica y también entre otros profesionales del campo de salud mental. Esta regulación de la Psicología Clínica como especialidad vendría dada en este Decreto por el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio de Sanidad, que habrían de constituir, a partir de ahí, una Comisión Nacional de la Especialidad de Psicología Clínica, al igual que para el resto de las especialidades reconocidas por el Ministerio de Sanidad. Ello tendrá una gran trascendencia, tanto en cuanto a la definitiva comprensión de lo que es o debe ser la red de salud mental, como al tipo de prestaciones que conllevaría ésta red en nuestro país.

- ¿Cómo ve la Psiquiatría esta propuesta?

- Impulsa y avala el PIR el informe de la Comisión para la Reforma Psiquiátrica, informe de gran trascendencia anterior inmediatamente a la Ley General de Sanidad. Asimismo, y es de destacar, que la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría, en el mes de diciembre del pasado año 1989, solicitó la creación y la regulación de la especialidad de Psicología Clínica para Psicólogos, al Consejo de Especialidades del Ministerio de Sanidad y del Ministerio de Educación y Ciencia. De gran relevancia resulta también la elaboración de un documento y el apoyo en esta materia de la, Asociación Española de Neuropsiquiatría.

- ¿Cómo se han llegado a elaborar los contenidos del PIR?

- Los contenidos del PIR han venido elaborándose a través de un largo proceso en el que han participado distintas instituciones y organismos, en particular el Colegio Oficial de Psicólogos. Han sido muchos los profesionales que desde hace tiempo, desde hace años, vienen madurando una comprensión acerca de lo que es el sistema PIR. Hoy podemos ya decir que se trata de un modelo que homologa la formación de especialistas al resto de las especialidades en Ciencias de la Salud: el MIR (médicos internos residentes), BIR (biólogos internos residentes), QIR (químicos internos residentes), FIR (farmacéuticos internos residentes), etc.

En el programa electoral que elaboró esta Junta de Gobierno se establecía, entre otros, un objetivo: avanzar en la concreción de lo que este Colegio Oficial de Psicólogos entendía por un sistema PIR. Eso llevaba implícito en sí mismo una apuesta por el desarrollo de este sistema. No voy a entrar a definir lo que es el sistema PIR aquí porque ya los distintos documentos elaborados por este Colegio Oficial a lo largo de los últimos años lo hacen.

Como documento principal tenemos el llamado «Documento Base para la formación Postgraduada de Psicólogos en Psicología Clínica a través de un sistema PIR». Fue un documento elaborado, a propuesta de la junta de Gobierno, por un grupo de expertos. Con éste se abrió un debate (del que también se da cuenta en este número de la revista a través de algunos artículos). La junta de Gobierno lo sometió a discusión con las delegaciones del Colegio Oficial de Psicólogos. Finalmente fue aprobado como documento que expresa la posición del Colegio Oficial de Psicólogos en esta materia.

- ¿Cuál fue el siguiente paso?

- A continuación el Colegio Oficial de Psicólogos, junto con la Asociación Española de Neurosiquiatría, elaboran un nuevo documento que expresa la posición que ambas organizaciones asumen conjuntamente. respecto al mismo tema: el PIR. Ello les hace confluir en una estrategia ante la Administración, concretamente ante el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Educación. Por último tenemos el «Documento Marco» elaborado por el Colegio Oficial de Psicólogos junto con cinco comunidades autónomas del Estado que se comprometían al desarrollo de programas de formación, de acuerdo a los principios mínimos que señala dicho documento.

- ¿El Documento Marco recoge los contenidos de la formación en Psicología Clínica?

- El Documento Marco comprende una formación durante un período entre tres y cuatro años para que los psicólogos internos residentes roten por circuitos asistenciales acreditados para funciones docentes y asistenciales, adquiriendo en ellos la formación teórica y práctica precisa para el ejercicio de la especialidad de Psicología Clínica. Esto quiere decir que este período de formación ha de estar marcado, planificado, seguido y evaluado por una comisión de docencia que ha de designar los tutores psicólogos en los centros y servicios donde se van a realizar estas prestaciones. En sumen, fundamentalmente esta es la base del PIR.

- Esta elaboración, ¿ha supuesto la participación de muchos especialistas?

- Este proceso ha supuesto una gran cantidad de encuentros y debates, la participación de distintos colectivos de profesionales, de reconocidos expertos tanto de las facultades como de profesionales, de las redes públicas y servicios privados, así como la participación directa de las distintas delegaciones territoriales del Colegio.

- ¿Se reconoce claramente en el PIR a la Psicología como profesión sanitaria?

- El PIR lleva implícita una propuesta de un ejercicio profesional necesariamente interdisciplinario en la red pública de salud mental. Lleva también implícita otra doble propuesta: la plena homologación de los psicólogos clínicos como especialistas con los restantes especialistas de la salud del segundo y tercer nivel de atención y el reconocimiento de la Psicología como profesión sanitaria.

- Se trata, pues, de un proceso complejo por su desarrollo, por sus tiempos, por os distintos participantes en su elaboración pero muy clarificador en su plasmación concreta. ¿No es así?

- Efectivamente, ahora tenemos bien definido ya lo que denominamos PIR en cuanto a la Psicología Clínica y en un proceso convergente con distintas instancias y organizaciones: La AEN, cinco comunidades autónomas (particularmente las más avanzadas en los procesos de reforma de la red asistencial de salud mental) y con la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría.

Es decir, está suficientemente reconocida la necesidad social del PIR y tenemos un modelo que queda presentado en esta revista y que señala por dónde hay que caminar.

- ¿Puedes explicar la diferencia entre master, doctorado, otros planes de formación y PIR?

- Una dificultad añadida a la concreción del sistema PIR ha sido el hecho de que en la universidad española, las Facultades de Psicología (y en particular los departamentos vinculados a la Psicología Clínica) no tienen los medios para ofrecer a sus alumnos una formación tanto de pregrado como, y sobre todo, de postgrado que abarque los llamados aspectos prácticos. No ha sido así en otras facultades, primordialmente en las de Medicina, que han contado con hospitales clínicos para ello. Pensemos, sin embargo, que tampoco los hospitales clínicos en estos momentos, y desde hace años, han venido siendo los únicos lugares de formación especializada para algunos especialistas que nos son cercanos, como los psiquíatras; los cuales,. además de obtener plazas de formación especializada en los hospitales clínicos para sus años de residencia, también obtenían plazas en hospitales psiquiátricos, que eran acreditados por la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría a tal fin y no eran dirigidos desde la universidad. En cualquier caso, la situación actual en cuanto a las facultades de Psicología es que han realizado un esfuerzo muy loable, se han ido dotando de recursos, han ido creando laboratorios. Pero en estos laboratorios, tal vez muy útiles para investigación básica, no había posibilidad de desarrollo de intervenciones reales y ajustadas al contexto asistencias y al modelo sanitario propuesto. Esta carencia tan importante ha llevado a desarrollar desde la LRU conciertos con centros. El Colegio apoya los movimientos que se realizan desde las facultades para la firma de conciertos con distintos servicios de salud. Estos conciertos han facilitado que se puedan realizar investigaciones conjuntas, que se puedan realizar prácticas para alumnos de pregrado, que se puedan desarrollar investigaciones de doctorado vinculadas a la realidad asistencial, etc.

- Entonces, la LRU ¿no contempla el establecimiento de una formación práctica según el modelo PIR?

- Se han creado en algunas facultades Unidades Clínicas dentro de los propios departamentos. Alguna abierta al público con muchas dificultades o bien abiertas a los propios profesores, alumnos o personal laboral de las facultades para la atención clínica. Pero han sido unidades sostenidas voluntariamente con grandes dificultades, aun cuando haya sido muy loable el esfuerzo para su creación. Es decir, la LRU no propicia un marco suficiente para el establecimiento del PIR.

- ¿Ese vacío es llenado por los master?

- Efectivamente, en ese momento aparecen los master. Los master suponen una apuesta regida por la Ley de Reforma Universitaria (LRU); es decir, regida por el futuro Decreto-Ley de Especialidades en Ciencias de la Salud que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia y al Ministerio de Sanidad conjuntamente. Los masters suponen la posibilidad de aprendizaje de postgrado de teorías y técnicas precisas muy acordes con el ejercicio profesional, que dotan de instrumentos más ajustados para el ejercicio profesional al psicólogo.

- ¿Es posible un solapamiento, por no decir una contraposición de los masters y el PIR?

- No. Los masters no se oponen al PIR ni el PIR a los masters, tampoco a los doctorados. Se trata de líneas de formación que tienen su propio desarrollo. El esfuerzo ahora, y el reto, está en cómo hacer para que se constituyan en complementarias. Los mayores avances científicos y de investigación van a ser conocidos antes en las facultades y los departamentos correspondientes. Es preciso que los masters y los doctorados den cuenta a los profesionales de este acerbo, que de otra manera queda en el vacío, que contribuye a una mayor separación entre el mundo académico y el profesional.

- ¿La Administración da cabida a esta propuesta?

- Existen distintos órganos dentro de la Administración y, por tanto, tenemos que diferenciar.

- Bien. Hablemos primero de la Administración autonómica.

- La Ley General de Sanidad establece que en el Sistema Nacional de Salud son las comunidades autónomas quienes constituyen el nivel de ordenamiento fundamental para las prestaciones asistenciales en materia de salud. Este ordenamiento del Sistema Nacional de Salud sabemos que se está realizando con distintos tiempos. en las comunidades autónomas del Estado, lo cual tiene que ver, entre otras cosas, con el proceso de transferencias sanitarias. Quiere decir esto que existen distintos ordenamientos, distintos modelos, pero, sobre todo, distintos tiempos en la asunción de responsabilidades sanitarias en las diferentes comunidades autónomas del Estado. Por otra parte, por la modalidad especial que ha tenido la red de prestación asistencial de segundo y tercer nivel del campo de la salud mental; es decir, la hasta ahora denominada Red Psiquiátrica ha estado durante muchos años en manos fundamentalmente de las diputaciones provinciales que contaban con los hospitales psiquiátricos. De este modo, las comunidades autónomas, independientemente de que hayan recibido recursos transferidos del Estado a nivel central; independientemente de esto, repito, cuentan desde hace mucho tiempo con importantes recursos. Recursos en gran medida obsoletos, recursos con los que no podrían dar cuenta de una nueva concepción interdisciplinaria y comunitaria del campo de la salud mental. El informe de la Comisión para la Reforma Psiquiátrica ya planteaba cuáles eran las direcciones principios que deberían presidir el proceso de transformación.

Por tanto, han sido varias las comunidades autónomas, como ya he dicho con anterioridad, que han comprometido sus recursos en el establecimiento de programa PIR (siguiendo varias de las «recomendaciones» del informe). Aunque son sólo unos programas que tienen validez dentro de la comunidad autónoma correspondiente, de la comunidad autónoma que lo planifica y lo desarrolla. Dicho de otra manera, son planes de formación (en ocasiones muy acabados) con una experiencia acumulada muy importante, que suponen una novedad y una aportación interesantísima e nuestro país, pero todavía están carente de reconocimiento por el Ministerio d Educación y por el Ministerio de Sanidad.

- Hablemos, por último, de la regulación que sobre el PIR, en cuanto a la Psicología Clínica, tienen que realizar el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Educación.

- Estamos pendientes de un Real Decreto fundamental para el ordenamiento de las especialidades sanitarias o de Ciencias de la Salud en nuestro país. Va a se fundamental porque va a suponer la homologación del derecho de los distintos profesionales que prestan servicios en la red sanitaria pública de nuestro país. El Colegio Oficial de Psicólogos, así como otras instancias (la Asociación Española de Neuropsiquiatría en particular, y a otro nivel, 1a Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría) han reclamado al Ministerio de Educación y al Ministerio de Sanidad, 1a puesta en marcha y la regulación de la Psicología Clínica como especialidad reconocida en el marco de dicho Real Decreto. Ciertamente, la necesidad de esta regulación es tan sentida en distintos sectores y ámbitos profesionales, que el Ministerio de Educación y el Ministerio de Sanidad no pueden dejar de reconocerla. El último borrador del anteproyecto de dicho Decreto no recoge esta propuesta. Es una carencia que esperamos pueda ser subsanada en un próximo borrador; y, en cualquier caso continuamos persiguiendo; si bien oficiosamente el Ministerio de Educación y el Ministerio de Sanidad, en distintos órganos continuamos persiguiéndolo. Oficiosamente una buena disposición para su regulación y para su reconocimiento. Regulación y reconocimiento que deben concretarse legal y oficialmente.

BIOGRAFIA

Nació en Madrid en 1954, licenciada en Psicología por la Universidad Autónoma de Madrid. Su ejercicio profesional ha estado vinculado a la Psicología Clínica en servicios públicos desde hace quince años. En 1983 y hasta 1986 ocupó el puesto de secretaria general en la Asociación Española de Neuropsiquiatría, cargo que por primera vez ocupó un psicólogo en una asociación de estas características. Desde 1981 y hasta 1988 ha sido coordinadora de programas de Salud Mental Infanto-Juvenil del CPS de Carabanchel, Ayuntamiento de Madrid. Es miembro de la Junta Directiva de la Sociedad de Salud Mental Infanto-Juvenil. Es conocida como autora de artículos y trabajos científicos ligados a la Psicología Clínica y coautora de los libros «Gravedad psiquátrica en la infancia» y «El grupo y la Psicología Social». Desde hace años, y en particular desde 1986, ha venido impulsando y coordinando los trabajos vinculados a la formación postgraduada en Psicología Clínica, según un modelo PIR. En la actualidad es secretaria general del COP.

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