Psychologist Papers is a scientific-professional journal, whose purpose is to publish reviews, meta-analyzes, solutions, discoveries, guides, experiences and useful methods to address problems and issues arising in professional practice in any area of the Psychology. It is also provided as a forum for contrasting opinions and encouraging debate on controversial approaches or issues.
Papeles del Psicólogo, 1995. Vol. (61).
Concha Vico Cajal
Psicóloga , Jefa del Servicio de Orientación Profesional, Ministerio de Educación y Ciencia
En el Libro Verde. Política Social Europea. Opciones para la Unión, que aparece como documento consultivo el 17 de Noviembre de 1993, se dice textualmente:
"La respuesta al cambio social y económico, así como a los desafíos comunes que afrontan los estados miembros de la Unión Europea, han motivado el desarrollo de diversos programas e intercambios que han dado lugar a la acción de amplias redes de gran éxito...
Estos programas estimulan la innovación, la adopción de prácticas y políticas adecuadas, el intercambio de ideas y de experiencias, la transferencia de conocimientos y el desarrollo e intercambio de profesionales...
La creación de redes eficaces y permanentes y la realización del valor añadido comunitario suponen beneficios sustanciales".
Uno de los programas, que ha sido incluido el 6 de diciembre de 1994 en el Leonardo da Vinci, es el programa Petra II, cuya acción IIIA tiene como misión la creación de Centros Nacionales de Recursos para la Orientación Profesional "que proporcionen apoyo a los sistemas nacionales de Formación Profesional, para el intercambio de datos de interés para la orientación profesional y el intercambio de información sobre prácticas y métodos eficaces en materia de orientación profesional".
"... entendiendo por Formación Profesional Inicial cualquier forma de formación profesional inicial no universitaria, incluida la enseñanza técnica y profesional y el aprendizaje, que facilite el acceso de los jóvenes a una cualificación profesional reconocida por las autoridades competentes del estado miembro en que se haya obtenido".
Este texto corresponde íntegra y textualmente a parte del objetivo 3, art. 1 de la decisión del Consejo de las Comunidades Europeas de 22 de julio de 1991, por la que se modifica la Decisión 87/569/CEE, sobre el programa PETRA (Acción para la Formación y la Preparación de los Jóvenes para la Vida Adulta y Profesional).
El artículo 3 establece como medida de apoyo nº 2, "el que se dará a las acciones destinadas a favorecer la cooperación comunitaria en el ámbito de la información y orientación profesionales:
a) mediante el apoyo a los sistemas nacionales destinados al intercambio de datos sobre la orientación profesional y de información sobre las prácticas correctas y los métodos eficaces en materia de orientación profesional.
b) mediante el apoyo a formaciones complementarias para asesores y especialistas en orientación sobre los aspectos europeos de la misma".
En el artículo 4 punto 2 se determina:
"Los estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar la coordinación y organización a escala nacional de la ejecución del presente programa, en particular estableciendo mecanismos y estructuras adecuados en el ámbito nacional".
El anexo puntualiza que "la Comunidad prestará su apoyo a los sistemas nacionales destinados al intercambio de datos... que tengan la finalidad de garantizar:
- que todos los jóvenes se beneficien de una información adecuada, de asesoramiento práctico y de entrevistas y asistencia individualizadas que les permitan conocer las opciones profesionales disponibles, evaluar sus capacidades, elaborar su proyecto profesional, encontrar alicientes para conseguir una cualificación y acceder a una formación;
- que en este proceso todos los jóvenes y sus familias: tengan los medios para disponer de información actualizada sobre las posibilidades de formación y los servicios de orientación disponibles (CNROP) en los demás estados miembros, y reciban estímulo y ayuda para utilizar dicha información".
En el punto 1.1 dice que "la comunidad aportará ayuda financiera y técnica para la creación de una red comunitaria de centros o lugares de contacto nacionales, que produzca y actualice los datos que los servicios de orientación deberán utilizar en todos los estados miembros".
Estos objetivos así como las garantías y los apoyos que ofrece, adquieren una especial relevancia puesto que España se encuentra inmersa en un proceso de reforma educativa, que afecta de lleno a la concepción y estructura de la Formación Profesional en sentido amplio.
Los Centros Nacionales de Recursos recogen las funciones que se determinan en los artículos anteriormente citados; la red de estos centros estructurados a nivel estatal,tienen como finalidad la difusión de la información nacional en materia de orientación profesional y laboral, hacia el resto de los países comunitarios, así como recabar información de los países miembros para atender las demandas nacionales. Para conseguir ser realmente operativo, el centro de recursos debe ser capaz de transmitir y recoger la información dentro del propio territorio, con las matizaciones que se refieren a las distintas Comunidades Autónomas y a las diferentes instituciones implicadas fundamentalmente el mundo del trabajo y de los asuntos sociales.
España no pone en funcionamiento su propio CENTRO DE RECURSOS, por diferentes razones, hasta una fecha muy reciente, junio de 1994, y la unidad que lo asume dentro del ministerio de Educación y Ciencia es la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa.
El trabajo que había que realizar era enorme y se trataba de poner a nivel de los otros centros europeos, el centro español, con un desfase de más de dos años.
El esquema de actuaciones que se inició fue el siguiente:
- Estudio y análisis de las necesidades del Centro Nacional Español de Recursos para la Orientación Profesional.
- Estudio y análisis de la estructura y funcionamiento de los otros centros de recursos de la Unión Europea.
- Elaboración de una propuesta organizativa y funcional.
- Determinación de objetivos y priorización.
- Diseño de productos adecuados a los distintos destinatarios.
- Elaboración y distribución de productos.
- Recepción de información, tratamiento, actualización y distribución de la información, desde unos organismos implicados hacia otros.
Los análisis previos, tanto de las propias necesidades como de las estructuras de los otros centros de recursos, determinaron el siguiente proyecto.
Como hemos visto, la acción IIIA del programa PETRA II de la U.E., promueve la creación, en cada uno de los países, de un centro nacional de recursos que coordine y promueva la orientación, en el ámbito de la F.P. proporcionando los recursos necesarios para hacer posible esta labor.
El Centro de Recursos creado dentro del Servicio de Orientación Profesional, se estructura como un sistema en red, donde participan desde las entidades locales y ayuntamientos, hasta los organismos responsables de la orientación en los países miembros de la U.E. y desde los agentes sociales, hasta los servicios centrales del M.E.C.
OBJETIVOS GENERALES
- Dar a conocer y promocionar la Formación Profesional en España y en el resto de los países de la Unión Europea.
- Responder a las necesidades de información para la orientación profesional y la inserción laboral.
- Fomentar la participación de los estamentos y agentes sociales para acercar el mundo educativo al del trabajo con el objeto de facilitar la inserción.
- Proporcionar la información adecuada para los españoles que deseen completar su formación o trabajar en los países de la Unión Europea, y para los europeos que deseen hacerlo en España.
-l Intercambiar información y experiencias con los centros de recursos de los miembros de la Unión Europea.
FUNCIONES
- Buscar, recopilar, tratar, clasificar y actualizar permanentemente la documentación referida a la Formación Profesional en España y en los países de la Unión Europea con el fin de disponer de un fondo documental y una base de datos de carácter documental e integrado.
- Elaborar, actualizar y difundir materiales de apoyo destinados a la orientación profesional e inserción laboral.
- Realizar actuaciones para un mejor conocimiento y promoción de la Formación Profesional.
- Mantener contactos de colaboración con organismos y agentes sociales implicados en la Formación Profesional, para la consecución de los objetivos del Centro.
- Establecer mecanismos de colaboración con los Centros de Recursos de la Unión Europea.
- Promover la creación de una red de información sobre la Formación Profesional dentro del estado español, y mantener su conexión con las correspondientes redes de otros países de la Unión Europea.
- Realizar acciones de formación dirigidas a los agentes implicados en la red de información y orientación profesional
- Evaluar la repercusión de las acciones que lleva a cabo el CNROP.
En todos los países de la U.E. existen Centros de Recursos Nacionales organizados de distinta manera según su estructura administrativa, pero siempre teniendo en cuenta la existencia de un órgano central estatal de Coordinación; así en Alemania existe un centro por cada uno de los Länder, 11 en total, pero el de Nürenberg es el núcleo central que se ocupa de la coordinación.
El concepto de Orientación Profesional en el que se basan estas disposiciones de la U.E. que se han citado aquí, dentro del continuum que para todos significa el proceso de orientación, es aquel que hace referencia a la última parte de ese proceso, al extremo último en el que la toma de decisiones considera ya la elección de una profesión concreta y a partir de ese momento la necesidad de orientación profesional que los cambios que están ocurriendo en el mundo del trabajo requieren a lo largo de toda la vida.
Ya no podemos pensar como especialistas en Orientación que la elección efectuada cuando decidimos el estudio de una profesión de carácter universitario o no, sea la que determine, como antes ocurría, el ejercicio de un puesto de trabajo concreto a lo largo de toda la vida.
Nadie tiene garantizado, a las puertas del siglo XXI, un puesto de trabajo vitalicio. Tendremos que preparar a nuestros jóvenes y ayudar a adaptarse a los que ya no lo son tanto, a un mundo laboral en el que se alternen los periodos de actividad con los de paro (España, según estudios ralizados en la U.E. es el que tiene un mayor índice de alternancia) y concebir esos periodos de inactividad no como algo que implique falta de capacidad personal y por tanto frustación, sino como un espacio de tiempo que se puede aprovechar para la formación y en su caso para un cambio de rumbo profesional, si fuera necesario. Dentro de las mismas empresas, en un momento dado pueden cambiar las necesidades y los trabajadores deben de ser lo suficientemente flexibles, gracias a su formación general y formación profesional de base para adaptarse a la realización de otras tareas.
El mundo educativo y el mundo del trabajo no pueden evolucionar de espaldas el uno del otro, y los miembros de la U.E., debemos acostumbrarnos a contar, para realizar el proceso de orientación profesional, con las oportunidades de formación y de trabajo que se ofrecen en otros países y abrir el nuestro a ciudadanos europeos. La libre circulación de estudiantes y trabajadores en los distintos países exige el dar una importancia fundamental al estudio de las distintas lenguas y quizá a modificar una metodología de aprendizaje que hasta ahora en la mayoría de nuestros centros ha sido más teórica que práctica.
En el nuevo programa LEONARDO DA VINCI, el segundo objetivo del marco general es la Información y Orientación Profesional. Desde Bruselas, con el impulso dado a la orientación profesional, se está promoviendo indirectamente la coordinación de las distintas instituciones que se ocupan de la orientación dentro de cada país y la colaboración Educación-Trabajo imprescindible para el cumplimiento de estos objetivos.